Universitarios en resistencia

martes, 21 de agosto de 2007

CONVOCATORIA AL PROCESO DE ELECCIÓN DE REPRESENTANTES EN EL CUR

CONVOCATORIA AL PROCESO DE ELECCIÓN DE REPRESENTANTES CON VOZ Y VOTO EN EL CUR

LA COMISIÓN ORGANIZADORA DEL CONGRESO UNIVERSITARIO RESOLUTIVO DEL CONSEJO GENERAL INTERNO DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
CONVOCA

AL PROCESO DE ELECCIÓN DE REPRESENTANTES CON VOZ Y VOTO DE LOS ESTUDIANTES, DEL PERSONAL ACADÉMICO Y DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO, TÉCNICO Y MANUAL PARA INTEGRAR EL CONGRESO UNIVERSITARIO RESOLUTIVO.
ESTE CONGRESO HABRÁ DE REALIZARSE EN LAS INSTALACIONES DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE LA CIUDAD DE MÉXICO DEL 17 DE SEPTIEMBRE AL 12 DE OCTUBRE DEL PRESENTE AÑO.
I.- FUNDAMENTACIÓN LEGAL Y EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:

CONSIDERANDO
1. Que conforme a lo dispuesto por los artículos 2, 3, 4 fracción I, II y XI, 5, 6 fracción X y 7 fracción VII de la Ley de la Universidad Autónoma de la Ciudad de México, la Universidad es un organismo público autónomo del Distrito Federal, por lo que goza de personalidad jurídica y patrimonio propio; tiene la facultad y responsabilidad de gobernarse a sí misma, definir su estructura y las funciones académicas que le correspondan, determinar sus planes y programas y administrar su patrimonio; podrá organizarse de la forma más conveniente para el desarrollo de sus actividades y establecer su propia normativa, por lo cual podrá crear, organizar, integrar o suprimir sus estructuras académica, administrativa y operativa, de investigación, difusión y extensión de la cultura, y de cooperación y servicio conforme a los reglamentos correspondientes, pudiendo elegir o designar a los representantes de los órganos y cuerpos colegiados establecidos en sus normas, y establecer las normas y formas de administración de su patrimonio; está integrada por los estudiantes, el personal académico y el personal administrativo, técnico y manual; que todo estudiante tiene el derecho a participar, de conformidad con lo establecido en esta Ley y en los estatutos y reglamentos que de ésta se deriven, en los órganos colegiados de la Universidad, en los que se resuelvan asuntos que afecten sus intereses legítimos y los generales de la Universidad; así como que todo miembro del personal académico, tiene el derecho de participar en los órganos colegiados de la Universidad en los que se resuelvan asuntos que afecten sus intereses legítimos y los generales de nuestra institución, en los términos de esta Ley y de los estatutos y reglamentos que de ésta se deriven.

2. Que en todos los espacios de la Universidad prevalezca un ambiente efectivo de trabajo académico regido por planes y programas en cuya elaboración participe toda la comunidad con el compromiso de realizarlos, pues a una mayor coincidencia de intereses entre los miembros constitutivos de la institución corresponderá una mayor posibilidad de conformar un autogobierno eficaz, y así comprometerse a resolver mediante el diálogo y la razón los diferendos y conflictos que surjan de la necesaria y deseable pluralidad de ideas.

3. Que la Ley de la Universidad Autónoma de la Ciudad de México determina, entre otras atribuciones del Consejo Asesor, que en colaboración con el Rector y escuchando la opinión del Consejo General Interno, establezca las condiciones y mecanismos para la instalación del primer Consejo Universitario, a más tardar en tres años contados a partir de la publicación de esta Ley.

4. Que conforme a lo dispuesto por los acuerdos CGI/UACM/EX-05/036/07, CGI/UACM/EX-05/038/07, CGI/UACM/EX-06/047/07, CGI/UACM/EX-06/048/07, CGI/UACM/EX-06/049/07, CGI/UACM/EX-06/050/07, CGI/UACM/EX-06/053/07 y CGI/UACM/EX-06/054/07 del Consejo General Interno de la Universidad Autónoma de la Ciudad de México, la opinión del Consejo General Interno respecto a las condiciones y mecanismos para la instalación del primer Consejo Universitario es que la Comunidad de la UACM participe en dicha instalación a través de distintos foros y un Congreso Universitario Resolutivo, cuya realización el Consejo General Interno respaldará, de modo tal que los resolutivos del Congreso sean la voz del CGI sobre políticas y prioridades de la administración general ante el Consejo Asesor para que de esta manera se cumpla con lo expuesto en la Ley de la Universidad Autónoma de la Ciudad de México en lo relativo a los principios de cooperación y apoyo mutuos, así como con la responsabilidad del autogobierno reconociendo el derecho a participar de estudiantes y académicos en los Órganos Colegiados de la Universidad donde se resuelvan asuntos que afecten sus intereses legítimos y los generales de nuestra casa de estudios; el Congreso habrá de formular propuestas sobre un reglamento y un procedimiento de conformación del Consejo Universitario, un reglamento de operación del Consejo Universitario en tanto éste aprueba el Estatuto General Orgánico y una agenda de asuntos prioritarios por atender en el Consejo Universitario; para la realización del citado Congreso se ha Constituido una Comisión Organizadora del Congreso Universitario Resolutivo (COCUR); dicha Comisión funcionará durante todo el proceso de organización y participación de la Comunidad Universitaria de la UACM en el Congreso Universitario Resolutivo (CUR) y hasta que se entreguen los resolutivos de este Congreso al Consejo Asesor y al Rector; en particular, la COCUR publicará la convocatoria al Congreso Universitario Resolutivo, encargándose de su preparación e instalación; para tales efectos la COCUR gozará de autonomía en cuanto a fijar las bases, los términos y las modalidades de publicación de la convocatoria para la realización del CUR, teniendo la responsabilidad de atender las demás voces y propuestas de representantes de la comunidad universitaria respecto a la realización del Congreso; la COCUR también podrá gestionar lo necesario en términos logísticos para la realización del Congreso recibiendo las ponencias que habrán de presentarse en éste para su análisis y discusión; asimismo, la COCUR considerará que en el Congreso Universitario Resolutivo estén representados todos los colegios y todos los planteles de la Universidad, procurando el reconocimiento de las diferentes realidades y problemáticas de la institución; finalmente, el Consejo General Interno aprobó que el CUR esté conformado por el cincuenta por ciento de representantes del sector estudiantil, cuarenta por ciento de representantes del personal académico y diez por ciento del personal administrativo, técnico y manual.

II.- DEL ALCANCE DE ESTA CONVOCATORIA
1. La presente convocatoria establece las normas y fechas que deberán observarse para llevar a cabo el proceso de elección de representantes estudiantiles, del personal académico y del personal administrativo técnico y manual.

2. Dado que los estudiantes y el personal académico tienen derecho a participar en los Órganos Colegiados de la Universidad, donde se resuelvan asuntos que afecten sus intereses legítimos y los generales de la institución, y el personal administrativo, técnico y manual es parte de ella, esta convocatoria atiende el propósito de conformar un espacio, el Congreso Universitario Resolutivo, con un ambiente efectivo de trabajo académico en el que participe toda la comunidad con el compromiso de realizarlo para lograr un autogobierno eficaz a partir de los principios de cooperación y apoyo mutuos.

3. Esta convocatoria da cumplimiento a un acuerdo del Consejo General Interno que establece la creación de un Congreso Universitario Resolutivo para articular la participación abierta, amplia y comprometida de la comunidad universitaria de la UACM que sea la voz de ese Órgano de Gobierno con respecto a las condiciones y mecanismos para la instalación del primer Consejo Universitario. Tal participación será presentada al Consejo Asesor a través de la elaboración de un documento final donde se plasmarán los resolutivos de dicho Congreso.

III.- DE LOS REPRESENTANTES AL CONGRESO
1. El número de representantes, con derecho a voz y voto de los diferentes sectores que integran la Universidad, en el Congreso Universitario Resolutivo será de 80. De los cuales 40, correspondiente al cincuenta por ciento del total, serán del sector estudiantil; 32, el cuarenta por ciento del total, del personal académico; y 8, el diez por ciento restante, del personal administrativo, técnico y manual. En el caso del personal administrativo, técnico y manual se habrán de elegir 4 suplentes; no así para los demás sectores.
2. La calidad de universitario elegible para representante en el Congreso Universitario Resolutivo, por cualquier sector, será para todo aquel universitario que forme parte de la Universidad hasta el 31 de julio del 2007, excepto para los miembros de la COCUR.

IV.- DE LOS ÓRGANOS ELECTORALES
1. Las instalaciones de la Universidad serán agrupadas en cuatro circunscripciones para los fines de participación-representación en el Congreso Universitario Resolutivo:
a) Circunscripción Plantel Casa Libertad-Iztapalapa y el Programa de Educación Superior para Centros de Readaptación Social en el Distrito Federal (PESCER), con sede en plantel Casa Libertad- Iztapalapa.
b) Circunscripción Plantel San Lorenzo Tezonco con sede en el Plantel San Lorenzo Tezonco.
c) Circunscripción Plantel Centro Histórico y Casa Talavera, con sede en el Plantel Centro Histórico.
d) Circunscripción Plantel Del Valle, Edificio de la Rectoría y Centro Vlady, con sede en el Plantel Del Valle.

2. Los procesos de elección de los representantes con voz y voto de los estudiantes, del personal académico y del personal administrativo, técnico y manual, serán conducidos por la COCUR en cada una de las circunscripciones arriba mencionadas.

3. La responsabilidad directa de los aspectos logísticos y de organización para la realización de dichos procesos será de la Comisión del Proceso Electoral nombrada por la COCUR, que fungirá como Colegio Electoral.

4. Los integrantes de la Comisión del Proceso Electoral de la COCUR son:
Jaime Ernesto Díaz Marín CGI Académico Plantel San Lorenzo TezoncoJoel García LeónCOCUR Académico San Lorenzo TezoncoFelipe García López COCUR Administrativo Del Valle
Yolanda Gómez Moreno CGI Representante Sindical
Luis Miguel Hernández Ruiz COCUR Estudiante Del Valle

5. El Colegio Electoral tendrá las siguientes atribuciones:
Organizar, programar y vigilar los procesos de elección;
Preparar y publicar los padrones correspondientes para cada una de las circunscripciones de acuerdo a las necesidades de cada sector;
Recibir las solicitudes de candidaturas a representantes por cada uno de los sectores;
Resolver las controversias y asuntos no previstos por esta convocatoria;
Acreditar y publicar los resultados.
Notificar los resultados y entregar la documentación generada de este proceso electoral al Secretario Técnico de la COCUR.

6. En cada circunscripción, según las necesidades electorales de cada sector, se instalarán casillas para los procesos de elección mediante el voto universal, libre, secreto y directo; además, para este tipo de elección se nombrará un comité de casilla integrado por un representante de la COCUR por cada sector y un representante de cada uno de los aspirantes registrados.

7. El comité de casilla tendrá las siguientes atribuciones:
Instalar y organizar la casilla;
Recibir la votación;
Contabilizar los votos;
Redactar las actas de la votación;
Acreditar los resultados ante el Colegio Electoral.

V.- DE LAS FORMAS DE ELECCIÓN
1. ESTUDIANTES
Las formas del proceso de elección de representantes del sector estudiantil serán decididas por dicho sector, distribuyéndose de la siguiente manera:
10 estudiantes por cada circunscripción: tres por cada colegio y uno electo por todos los estudiantes de la circunscripción correspondiente. Para todas las circunscripciones se elegirán a 40 representantes.

2. PERSONAL ACADÉMICO
Las formas del proceso para elegir a los representantes del personal académico serán las siguientes:
8 por cada circunscripción, dos de cada colegio por cada plantel, elegidos a través del procedimiento de voto universal, libre, secreto y directo; y los dos restantes de la circunscripción elegidos por asamblea. Para todas las circunscripciones se elegirán a 32 representantes.

3. PERSONAL ADMINISTRATIVO, TÉCNICO Y MANUAL
Se elegirán dos representantes titulares por circunscripción mediante voto universal, libre, secreto y directo. Por todas las circunscripciones se elegirán 8 representantes titulares. En este caso se elegirán también 4 representantes suplentes, uno por cada circunscripción, elegidos mediante el mismo procedimiento usado para los titulares. El número total de votos efectivos del personal administrativo, técnico y manual será de 8.

VI.- DEL REGISTRO DE ASPIRANTES A REPRESENTANTES
1. Con la salvedad establecida en el apartado III.2 de esta convocatoria, todos los miembros del personal académico y administrativo que se encuentren laborando en la institución hasta el 31 de julio de 2007 y todos los estudiantes inscritos en la UACM hasta el semestre 2007-I, podrán registrarse como aspirantes a representar su sector o colegio en el Congreso Universitario Resolutivo, así como votar en la elección correspondiente.
2. La publicación de los padrones electorales se realizará a más tardar el lunes 27 de agosto del 2007, en las cuatro circunscripciones y de manera que sean accesibles con el fin de ser revisados por los miembros de la comunidad universitaria para poder llevar a cabo las rectificaciones que sean necesarias.
3. El registro de aspirantes a ser representantes con voz y voto ante el Congreso Universitario Resolutivo se hará directamente con el Colegio Electoral, del 3 al 7 de septiembre del 2007.
4. Para registrarse, los aspirantes deberán presentar una identificación oficial vigente y aparecer en listado del padrón electoral.
5. Es obligatorio que los aspirantes difundan antes del día 7 de septiembre de 2007 y al menos por la página en Internet del CUR ( http://congresouniversitario.uacm.edu.mx), sus propuestas de trabajo respecto a los tres temas del Congreso Universitario Resolutivo:
a) Un reglamento y un procedimiento de conformación del Consejo Universitario.
b) Un reglamento de operación del Consejo Universitario en tanto éste aprueba el Estatuto General Orgánico de la UACM.
c) Una agenda de asuntos prioritarios para el Consejo Universitario.

VII.- DE LA JORNADA ELECTORAL
Los procesos de elección tendrán lugar los días 10, 11 y 12 de septiembre de 2007 en las cuatro circunscripciones.

VIII.- DE LOS RESULTADOS DE LAS ELECCIONES
1. Los resultados de los procesos de elección serán publicadas en cada circunscripción y al final de la jornada electoral. En el caso de elección por voto universal, libre, secreto y directo, habiendo concluido el conteo de los votos y elaborada el acta correspondiente por el comité de casilla, la publicación de los resultados se hará en un lugar visible donde fue colocada la casilla para tal fin.
2. Todos los resultados serán publicados en la página del Congreso Universitario Resolutivo: http://congresouniversitario.uacm.edu.mx/
3. El día 13 de septiembre el Colegio Electoral recibirá, analizará y resolverá las impugnaciones presentadas durante el proceso electoral.
4. Toda la documentación generada en los procesos de elección se enviará al final de la jornada electoral al Secretario Técnico de la COCUR.
5. La COCUR dará a conocer los resultados de los 80 representantes electos con voz y voto al Congreso Universitario Resolutivo el día 14 de septiembre de 2007.
México D. F. a los 4 días del mes de agosto de 2007.

Comisión Organizadora del Congreso Universitario Resolutivo
Viridiana Alarcón Ramírez, Julio Eduardo Bojórquez Rojas, Ileana Borja Tecuatl, Julia Cortés Enríquez, Jaime Ernesto Díaz Marín, Rogelio Estrada Pardo, Irene Figueroa Garrido, Joel García León, Felipe García López, Yolanda Gómez Moreno, Luis Miguel Hernández Ruiz, José Guadalupe Hernández Varillas, Néstor Javier Lariz Medina, Sergio Rafael Luna Peñaloza, Denise Martínez Ascensión, Juan Luis Martínez Ledesma, Carlos Ernesto Martínez Rodríguez, Virginia Mireles Rosario, Yésica Antonia Peña Castañeda, Enrique Soto Soto.
Atentamente
Erika Reyes Pacheco integrante de la COCUR por el Plantel Iztapalapa

No hay comentarios.: